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Denuncia de muerte por cualquier causa del empleado-Seguro obligatorio a cargo de la UNLP. Decreto 1567/74-Póliza 1101

¿Dónde se realiza el trámite?
Si el empleado es de Presidencia se inicia y tramita en esta oficina. Si el asegurado es de Facultad o Dependencia se inicia allí y en esta oficina se recepciona la documentación, controla y se tramita en la aseguradora  Nación Seguros S.A.

¿En qué horario?
7.30 a 13.30.

¿Qué se necesita para realizar el trámite?

  1. El formulario de denuncia del siniestrote la aseguradora que se retira en el Departamento de Seguros de la UNLP y ART o puede descargar desde aquí
  2. La partida de defunción legalizada en original
  3. La ficha de designación de beneficiarios (que posee el empleador  o un beneficiario/familiar)
  4. DNI de los beneficiarios
  5. Fotocopia certificada por el empleador del último recibo de sueldo firmado por el empleado.
  6. Fotocopia certificada por empleador del último recibo de sueldo entregado al fallecido
  7. Si el empleado no hizo la designación de los beneficiarios se presenta una copia legalizada en original de declaratoria de herederos.
  8. Copia de constancia de CUIL del empleado
  9. Certificación de servicios del fallecido en la UNLP. 
  10. Copia certificada por la UNLP de la resolución de ingreso a la UNLP

En caso de fallecimiento por suicidio se debe presentar copia legalizada en original de la actuación judicial. Si el fallecimiento es por accidente, el capital asegurado se duplica.

¿Quién puede realizar el trámite?
El/los beneficiarios designados o un familiar del empleado.

Pasos a seguir para completar el trámite:
El interesado tendrá la colaboración del Departamento de Seguros de la UNLP y ART de Presidencia para  consultar el estado del trámite en la compañía de seguros y, si el asegurado no cobra en tiempo prudencial, hacer la averiguación correspondiente.

Duración estimada del trámite:
Desde la presentación en la aseguradora de los formularios, de dos a tres meses. Plazo límite para la presentación de la denuncia en este Departamento: un año desde el fallecimiento del empleado.
 
¿Es pago?
No.

24/02/2010 13:34
 
 
 
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