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Becas para Jóvenes Extensionistas
Profundizar el apoyo a la Extensión.

El Reglamento de Becas de Formación en Extensión Universitaria, que aprobó recientemente el Consejo Superior, constituye un nuevo impulso de la UNLP para el desarrollo de las actividades de vinculación con la comunidad. Su objetivo primordial es fomentar el desarrollo de estas prácticas dentro del claustro estudiantil.

La aprobación del nuevo Reglamento de Becas de Formación en Extensión Universitaria por parte del Consejo Superior de la Universidad Nacional de La Plata el 3 de julio último, constituye una arista más en el proceso de modernización de la UNLP, que tiene como marco la reciente reforma de su Estatuto en octubre de 2008.

El proyecto fue propuesto por la comisión de Extensión de las Actividades Universitarias el 5 de mayo y está inspirado en las líneas guía de la Universidad: el fomento y desarrollo de la educación, la investigación y, fundamentalmente en este caso, la extensión.

Según el secretario de Extensión Universitaria, Marcelo Belinche, este avance es imprescindible “para seguir incluyendo a los jóvenes en las actividades extensionistas” y aseguró que “si todos los estudiantes participaran es imposible imaginar el volumen y la calidad de las prácticas que se podrían llevar a cabo”.

La convocatoria a las becas se hará de forma conjunta con la de subsidios a Programas y Proyectos de Extensión que realiza la Secretaría de Extensión de la UNLP -la cual este año finaliza el 4 de septiembre-, y estarán financiadas con el presupuesto destinado a Extensión de la Universidad, tal como lo indicó el Prosecretario de Extensión, arquitecto Diego Delucchi.

El Reglamento observa la necesidad de continuar propiciando y profundizando la formación de estudiantes en actividades de extensión, ya que dichas prácticas permitirán “desarrollar una conciencia solidaria que apunte a recomponer los lazos de colaboración e integración, así como la posibilidad de que los alumnos puedan ejercer prácticas directamente relacionadas con las carreras que cursan”.

A su vez, el plan hace hincapié en la importancia de darle sostenibilidad al proceso de fomento de la participación activa de estudiantes en Programas y Proyectos de Extensión acreditados y subsidiados por la UNLP, que continúa creciendo año a año, a través de “un reconocimiento académico y económico” que permita a los alumnos acceder a este beneficio.

El Reglamento fue generado a partir de lo expresado por el artículo 17 del nuevo Estatuto, que dice: “…y estimulará los trabajos de extensión que realicen los miembros de su personal docente, no docente, graduados y estudiantes que suelen ser originados por la detección de necesidades específicas. Acordará becas y/o subsidios…”; y de lo expuesto por la resolución del Consejo Superior sobre la “Promoción y Jerarquización de las Actividades de Extensión Universitaria” del año 2005, la cual en su artículo 4to dice: “promover la participación de los alumnos en actividades de extensión con un sistema de becas”.

Se otorgará una beca por convocatoria, con una dedicación de nueve horas semanales durante un año, y la remuneración es equiparable al básico del cargo de ayudante alumno de 500 pesos mensuales.

Pueden acceder a este beneficio aquellos alumnos regulares de la UNLP que cuenten con más del 50 por ciento de las materias correspondientes a su carrera aprobadas, y este beneficio es incompatible con cualquier otro tipo de beca de experiencia laboral y de investigación de la UNLP. Los directores de Proyectos y Programas deberán presentar el plan de trabajo que estructurará las actividades de los becarios.

Con respecto a los Programas y Proyectos que se encuentran en ejecución, aprobados por la convocatoria 2008, se podrá presentar una beca por Programa y Proyecto subsidiado, para el segundo semestre de 2009 y tendrá una duración máxima de seis meses.

21/09/2012 11:59
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